El juez federal Martín Cormick rechazó la última apelación presentada por Ministerio de Capital Humano. La orden indicó que «el Ministerio de Capital Humano no innove respecto de los planes y programas enumerados en su presentación y que afirmó están vigentes».
La Justicia le ordenó al Ministerio de Capital Humano, conducido por Sandra Pettovello, que restituya el servicio a comedores y merenderos populares en un plazo máximo de 48 horas.
El juez federal Martín Cormick rechazó la última apelación presentada por el super ministerio creado durante la gestión de Javier Milei, y lo intimó a que distribuya los alimentos retenidos en depósitos.
«Dado que la resolución del 12/07/24 ha quedado firme, se intima al Estado Nacional (Ministerio de Capital Humano) a acreditar documentalmente, dentro del plazo de 48 horas, el cumplimiento de lo ordenado en el punto 2 de dicha resolución», dispuso el magistrado.
Esta cuestión se arrastra desde hace varios meses, por lo que la Justicia tomó la decisión de habilitar la feria judicial para asegurar que el nuevo fallo se cumpla. A pesar del intento por parte de Petovello de «politizar», la entrega de alimentos a los más vulnerables.
En línea con esta decisión, la orden precisa que «el Ministerio de Capital Humano no innove respecto de los planes y programas enumerados en su presentación y que afirmó están vigentes».
El Ministerio de Capital Humano había apelado este miércoles al fallo del juez de Martín Cormick que había exigido un informe que detallara cómo iba a garantizar el Gobierno la entrega de alimentos depositados a los comedores, en un plazo de 48 horas, pero finalmente fue rechazada por el magistrado.
Se trata de un cargamento de casi seis millones de kilos de alimentos que están guardados en los depósitos de Villa Martelli y Tafí Viejo, en la provincia de Tucumán.
Desde el Gobierno manifiesta que la decisión judicial obedece al pedido del dirigente social Juan Grabois y es por ello que apelaron.
En primera instancia, la cartera dirigida por Sandra Pettovello además había apelado al fallo de Sebastián Casanelo, que ordenaba la entrega de los alimentos depositados. En aquella oportunidad, consideraron que el magistrado «violó la Constitución Nacional» al «entrometerse» en una política pública del Gobierno nacional.
